ayudas

Ayudas

  • Serán beneficiarios de la Fundación cuántas personas por su preparación, titulación o actividades culturales resulten idóneas para el cumplimiento o colaboración a los fines de la institución o para obtener los premios que por su colaboración y dedicación puedan crearse.
  • La Fundación vendrá obligada a dar publicidad suficiente a su objeto y actividades, para que sean conocidas por sus eventuales beneficiarios.
  • La Fundación deja al juicio exclusivo del Patronato al otorgamiento de los beneficios a las personas o entidades que considere merecedoras de ellos con criterios de imparcialidad y no discriminación, de entre las que formen parte del sector de población atendido por la Fundación, que lo soliciten previamente y que carezcan de medios adecuados para su obtención mediante la concesión de becas y ayudas a personas e instituciones destinadas a la enseñanza y formación.